La nueva ley concursal elimina el perdón de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social

La transposición de la directiva comunitaria a España que regula el tratamiento judicial de la insolvencia ha derivado en una profundísima reforma de la ley concursal que existe en nuestro país. La modificación más destacable, es que deja al margen del perdón judicial las deudas de los empresarios y los consumidores con Hacienda y la Seguridad Social.

Este texto refundido que se encuentra en vigor desde el pasado 1 de septiembre del 2020, el gobierno dio preferencia a los intereses públicos, llevando a cabo esta Ley en contra de la inclusión de dichas deuda con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social de aquellos consumidores o empresarios que se beneficiaban de la Ley de Segunda Oportunidad

Aunque aquellos que obtuvieran el beneficio de exoneración pasivo insatisfecho, denominado BEPI, una vez liquidados sus bienes, continuaban cargando con las deudas de los acreedores públicos. Aunque lo que se indicaba en la Ley anterior era eso, en muchos casos, los jueves y audiencias provinciales, perdonaban las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, entendiendo que el Gobierno se había extralimitado en la promulgación del texto

El anteproyecto de ley transpone la directiva de insolvencias y llega tras un año de vigencia del texto concursal refundido

Además de lo indicando en relación con las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, en las cuáles con este nuevo texto no se podrán perdonar, el texto endurece el acceso a la segunda oportunidad y a la exoneración del pasivo insatisfecho prohibiendo que se acojan al procedimiento quienes hayan sufrido una derivación de responsabilidad con Hacienda y la Seguridad Social o quienes hayan sido administradores de empresas cuyo concurso se haya declarado culpable (aunque sea, simplemente, por incumplir los plazos para presentar concurso)

El prepack y nuevas alertas tempranas

Cómo muchos de vosotros quizás conozcáis, consiste en empezar a vender la unidad productiva de una empresa cuando las cosas ya no van bien en la empresa, y finalizarla al presentar el concurso de acreedores

Otra novedad radica en las llamadas herramientas de alerta temprana por las que Hacienda y la Seguridad Social avisarán de forma confidencial a las empresas que consideran que tienen indicios de caminar hacia la insolvencia

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