DERECHO MATRIMONIAL Y FAMILIA:

FAMILIA


Contamos con una larga experiencia y una amplia y excelente formación en Derecho Matrimonial y de Familia.
Estamos especializados en separación, Divorcio o Nulidad. Guarda y custodia, Pensión de Alimentos y Pensión compensatoria. Modificación del convenio regulador, Incumplimiento y Ejecuciones Judiciales.
Nuestra metodología de trabajo se basa en la conciliación, adoptando en todo momento un posicionamiento cercano e intentando encontrar un punto de consenso y equilibrio para todas las partes, en especial para las partes más débiles o vulnerables, y con especial atención a los menores de edad.
Si crees que puedes necesitar un abogado matrimonialista para tu divorcio o para modificar una medida o convenio regulador contacta con LegalCentrum y juntos analizaremos la mejor solución para tu caso.

SERVICIOS


Divorcio express o de mútuo acuerdo:

Únicamente cuando han transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio y cuando hay mutuo acuerdo de las partes.

Pensión Compensatoria: 

Compensa cuando se ha producido un desequilibrio patrimonial importante entre los miembros del matrimonio durante la duración del matrimonio, principalmente por haber renunciado una parte al ejercicio de trabajo remunerado en beneficio de la atención de casa o/y familia.

Pensión alimenticia:

Velando siempre porque los hijos no sufran ninguna disminución significativa en su estilo de vida, y buscando siempre el consenso de los padres en esta decisión.

Divorcio contencioso:

Únicamente cuando han transcurrido más de tres meses des de la celebración del matrimonio pero no hay acuerdo entre las partes.

Liquidación de bienes en común:

Gestionamos la liquidación del patrimonio de una forma justa y equilibrada

Impago de pensiones:

Reclamaciones las pensiones adeudadas

El procedimiento puede iniciarse a petición de uno solo de los cónyuges, a petición de ambos cónyuges o a petición de uno con el
consentimiento del otro (cumpliendo los plazos y requisitos establecidos en el Código Civil).

El único plazo a tener en cuenta para solicitar el divorcio es que deben haber transcurrido un mínimo de 3 meses desde la celebración del matrimonio.
Si existe un riesgo para la integridad física, moral o sexual del cónyuge o hijos/as o riesgo para la vida, este plazo no es necesario.

La principal diferencia está en que el divorcio sí disuelve el vínculo matrimonial, al igual que la muerte o declaración de fallecimiento. A efectos prácticos: si se desea volver a contraer matrimonio no valdría sólo con la separación.


Es necesario que se haga judicialmente cuando existan hijos menores, o incapacitados.

¿HA SUFRIDO ALGÚN ACCIDENTE DE TRAFICO?

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