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Cuando se produce un impago de la pensión de alimentos establecida en sentencia firma nos vemos obligados a instar su cumplimiento, es decir cabe instar su ejecución.
Este procedimiento se solicita ante el mismo juzgado que dictó la sentencia de divorcio a través de la presentación de una demanda ejecutiva. Para ello debe disponerse de abogado y procurador.
Una vez presentada la demanda el demandado, supuesto deudor de la pensión de alimentos puede:
a) Abonar la deuda, consiguiendo viéndose así cumplido nuestro objetivo. Aun así podremos reclamar las costas del proceso: gastos de abogado y procurador.
b) Oponerse a la reclamación, lo que comportaría una vista en el Juzgado, y será el juez quien decida quien tiene la razón.
c) No decir nada, es decir, ni pagar ni oponerse. En este caso el procedimiento continua y el juzgado mandará embargar los bienes del deudor hasta cubrir la deuda reclamada. Las costas también se impondrán al deudor.
¿Qué puedo hacer si mi ex marido no me paga la pensión de alimentos establecida?
Lo primero que debe hacerse es reclamar ante el juzgado mediante la presentación de una demanda. Para este procedimiento se requiere de abogado y procurador. También puede presentar una querella por la vía penal.
¿Qué sucede si sigue sin pagar la pensión de alimentos aun habiendo presentado la demanda?
Si durante el procedimiento se devengaran nuevas cuotas no es necesario presentar una nueva demanda sino que simplemente se presenta un escrito ampliando la reclamación.
Mientras mi ex no paga la pensión de alimentos ¿puedo negarle que veo a nuestro hijo?
No, ya que estamos antes derechos y obligaciones distintas. Ambos progenitores tienen derecho a ver y relacionarse con sus hijos, con independencia de la obligación de los alimentos.
Mi ex nunca me ha pagado la pensión de alimentos tras 5 años ¿puedo ahora reclamar su pago?
Únicamente puede reclamar la pensión de alimentos de los últimos 5 años (3 años en el caso de Cataluña).
Mi ex no actualizar la pensión de alimentos ¿Qué puedo hacer?
Esta situación puede actualizarse mediante la presentación de una demanda ejecutiva.
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