Sube el 1,60% el baremo de accidentes de tráfico en el 2019

Ya ha entrado en vigor la actualización del baremo de accidentes de tráfico (poner link), de conformidad con el art. 49 de la LRCSCVM, y tomando como base el índice de revalorización de las pensiones.

Según el Real Decreto Ley 28/2018, de 29 de diciembre, la subida será del 1,60%, y así lo refleja la Resolución del 20 de marzo de 2019 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Empresa (poner link), dónde se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Aplicando esta actualización algún ejemplo de indemnización por lesiones temporales sería:

  • Día de perjuicio muy grave = 103,48€

  • Día de perjuicio grave = 77,61€

  • Día de perjuicio moderado = 53,81€

  • Día de perjuicio básico = 31,05€

El resto de tablas también se incrementan en el mismo porcentaje excepto las de lucro cesante y de ayuda a tercera persona que se deben actualizar conforme a las bases actuariales.

Cabe tener en cuenta que la subida del salario mínimo interprofesional de los 10.302,60€ anuales a los 12.600,00€ afectará a las siguientes partidas:

  • Para lesionados con dedicación exclusiva a las tareas del hogar el importe diario por lucro cesante por lesiones temporales sube hasta 34,52€/día.

  • Los ingresos netos a considerar a la hora de calcular el lucro cesante por secuelas y fallecimiento en el caso de personas desempleadas y lesionados o fallecidos con dedicación parcial o exclusiva a las tareas del hogar.

  • Indemnizaciones referidas al coste de los servicios de ayuda de tercera persona, así como al cálculo del lucro cesante por incapacidad absoluta o total de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral ( Tablas 2.C.3, 2.C7 y 2.C.8).