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Crédito Revuelving
Nuestro Tribunal Supremo ha dado un toque de atención a todas aquellas entidades de crédito, que bajo una facilidad y disposición inmediata ofrecían al consumidor tarjetas de crédito aplicando tipos de interés de usura (mayor al 26,82% TAE). Miles de consumidores han vivido cómo créditos aparentemente pequeños, con cuotas que a priori parecían totalmente asequibles, gran parte del importe que pagaban mensualmente era destinado al pago de intereses, de tal forma que, la deuda final prácticamente parecía inamovible.
Una vez más esta forma rápida de “hacer negocio”, colocando productos bancarios a diestro y siniestro, y compensando el riesgo de impago con un gran interés, no consigue amparo judicial, por cuánto, esta práctica que, tiene como fin facilitar el sobreendeudamiento de los consumidores a costa de obtener elevados beneficios, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.
STS nº 149/2020 Civil 04/03/2020